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Artículo 121



Artículos y Fracciones




Artículo 121.

Solicitudes de intervención de comunicaciones
Solicitudes de acceso al registro de comunicaciones y de registro de localización geográfica

De conformidad con el ACUERDO 1636/SO/10-11/2016, emitido por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y publicado en Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en fecha 30 de noviembre de 2016, mediante el cual se aprueba la Dictaminación de las Tablas de Aplicabilidad de cada uno de los Sujetos Obligados, para este Sujeto Obligado NO APLICA la fracción LI del artículo 121, conforme a las atribuciones conferidas en el Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Solicitudes de intervención de comunicaciones de la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX (Formato 51_LTAIPRC_Art_121_Fr_LI)

"La Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX no genera ni detenta la información relativa al listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación”
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Unidad de Transparencia
Periodo de actualización de la información: Trimestral.
Fecha de actualización: 31/diciembre/2023
Fecha de validación: 09/enero/2024

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